Cuándo los autónomos pierden el derecho a reclamar el IVA a sus clientes
Gran parte de los autónomos tiene que repercutir el IVA a sus clientes en las facturas. Un impuesto que recauda en nombre del estado y que es un porcentaje añadido al precio del servicio o producto vendido. Generalmente suele ser del 21%.
Hay declaraciones trimestrales y un cierre anual de año para los autónomos, por lo que la forma de cobrar el IVA a los clientes puede hacerse de varias formas.
En cada factura por producto o servicio, o hacerlo de forma trimestral o anual a clientes habituales, por ejemplo.
Como se ha subrayado al principio, el IVA es un impuesto estatal, por lo que cada autónomo lo abona a Hacienda, por ello es fundamental tener una facturación clara y concisa.
El hándicap para los autónomos viene cuando la factura no se abona al momento, pues en ocasiones algunos clientes pagan a 30, 60 días...Una vez que se incluye la factura con su correspondiente IVA en la liquidación trimestral o anual, ese IVA habrá que entregarlo al fisco independientemente de si el cliente ha pagado la factura o no. Es por esto que muchas veces los autónomos adelantan su propio dinero en las liquidaciones.
Pero como recoge el diario 'Autónomos y Emprendedores', hay que mirar bien cómo y cuándo reclamar el IVA a los clientes, pues se puede perder el derecho de reclamárselo y tener que abonar uno mismo todo el monto con dinero propio.
Un año de plazo
En un apartado de la ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se recoge que en facturas devengadas hace más de 1 año, el cliente puede negarse a abonar el IVA al autónomo/negocio.
Se trata de un artículo desconocido para muchos autónomos y que puede ocasionar grandes problemas en la contabilidad.
Afecta especialmente a los autónomos que optan por repercutir el IVA a sus clientes una vez al año o cada ciertos meses en vez de cobrarlo en cada factura.
Con la ley en la mano, en facturas devengadas hace 1 año o más, el cliente puede negarse a abonar el IVA, pero el autónomo seguirá teniendo la obligatoriedad de abonar dicha cantidad al fisco, por lo que tendría que pagarlo de su propio dinero.
Este tipo de operaciones es más común en empresas o negocios que entregan los bienes al cliente final tiempo después de su adquisición.



