¿Cuáles son las obligaciones fiscales de un emprendedor?

Las funciones de un emprendedor son interminables, y en algún lugar de esa larga lista de tareas se encuentran las obligaciones fiscales. Comprender y cumplir con las obligaciones fiscales es vital para el éxito de una empresa, ya que permite garantizar la estabilidad del negocio y, al mismo tiempo, evitar situaciones desagradables e innecesarias. Por este motivo, la contratación de una firma profesional especializada en asesoramiento fiscal y tributario, como puede ser el caso de Kreston, se vuelve imprescindible. Las firmas externas ofrecen una planificación fiscal adaptada a la legislación vigente para asegurar la solvencia económica del negocio, proporcionar oportunidades de crecimiento futuro y reducir la carga fiscal en todos los impuestos. Estas son las obligaciones fiscales con las que tienen que cumplir los emprendedores.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF constituye un impuesto directo, progresivo y de carácter personal que grava la renta empresarial obtenida por el emprendedor en un año natural. Cada trimestre (enero, abril, julio y octubre), los emprendedores adelantan dinero correspondiente al 20% de su rendimiento a la Agencia Tributaria mediante los diferentes modelos de declaración de las retenciones a cuenta del IRPF. Los emprendedores pueden tributar mediante el método de estimación directa (la diferencia entre los ingresos y gastos deducibles), por el que deben presentar el modelo 130, o estimación objetiva o módulos (los ingresos se determinan aplicando una serie de unidades objetivas facilitadas por la propia Agencia Tributaria), que corresponde al modelo 131. La actividad que desarrollan los emprendedores determina el régimen bajo el que tributan el IRPF.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El IVA es un impuesto indirecto que grava las ventas de productos y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales tanto en el territorio nacional como en el exterior. Los emprendedores actúan como intermediarios entre la Agencia Tributaria y el consumidor final. Esto se debe a que deben pagar la diferente entre el IVA que han cobrado a sus clientes (IVA repercutido) y el IVA que han pagado por las compras a sus proveedores (IVA soportado). La declaración del IVA hay que presentarla trimestralmente (abril, julio, octubre y enero) mediante el modelo 303, y anualmente, antes del 31 de enero del ejercicio siguiente, a través del modelo 390. Al igual que el IRPF, la actividad que desarrollan los emprendedores define el tipo de régimen bajo el que tributan el IVA, pudiendo ser el régimen general, el régimen simplificado y el recargo de equivalencia.
Impuesto sobre Sociedades (IS)
EL IS constituye un impuesto directo que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas que residen en el territorio español. De esta forma, los emprendedores que hayan creado una sociedad, principalmente Sociedades Anónimas (SA) y las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL), que son las formas jurídicas más extendidas en el mundo empresarial, deben tener en cuenta este tributo. El pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades se realiza trimestralmente mediante el modelo 202, que debe presentarse en los meses de abril, octubre y diciembre, y anualmente a través del modelo 200.



